negligenciasanitarias

Indemnización de 262.797,12 euros más intereses y costas por confundir enfermedad de Crohn con anorexia.​

La Sentencia del Juzgado nº 9 de lo Contencioso Administrativo nº 9 de Sevilla de fecha 31 de enero de 2011, ratificada por Sentencia del TSJ de 13 de enero de 2012 reconocía la indemnización por negligencia médica.   Pionera en la condena en costas al SAS y a la aseguradora.  

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Reclamación contra Clínica privada por lesión en una falange de la paciente. Se llega a un acuerdo por importe de 14.716,44 euros.​

En el procedimiento de reclamación extrajudicial se llega al acuerdo con la aseguradora de la Clínica privada para indemnizar a la paciente por una lesión en falange. No se acudió a la vía judicial, pues se firmó un acuerdo extrajudicial en octubre de 2013. 

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Se reconoce por la administración el error médico en la deficiente asistencia en la práctica de la prueba de biopsia de próstata y se dicta Sentencia que condena al pago de 168.718,26 euros.​

Durante el procedimiento judicial se dicta resolución administrativa y el SAS reconoce el error médico por pérdida de oportunidad. Es en Sentencia dictada por el Juzgado nº 5 de Sevilla de fecha 15 de junio de 2015 , ratificada por el TSJ el día 4 de julio de 2017, quien establece la suma indemnizatoria en

Se reconoce por la administración el error médico en la deficiente asistencia en la práctica de la prueba de biopsia de próstata y se dicta Sentencia que condena al pago de 168.718,26 euros.​ Leer más »

Tras una intervención efectuada por un médico en consulta privada, de otoplastia, el vendaje compresivo produjo una úlcera en la piel. ​

El vendaje compresivo, defectuosamente ejecutado, provocó una úlcera por presión. Tras la intervención jurídica del Despacho se llegó a una solución amistosa y se indemnizó a la paciente, en el importe de 3.000 euros. 

Tras una intervención efectuada por un médico en consulta privada, de otoplastia, el vendaje compresivo produjo una úlcera en la piel. ​ Leer más »

Indemnización de 700.000 euros. Se reconoce un importe de 600.000 euros al recién nacido y 50.000 por daño moral a cada progenitor. ​

La Sentencia judicial dictada por el juzgado nº 9 de Sevilla en fecha 27 de enero de 2015 fundamenta que a la luz de los informes parciales aportados se llega a la conclusión de que la administración no observa la lex artis. al no controlar el bienestar fetal durante el parto.

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Indemnización por pérdida de oportunidad durante el parto.​

La Sentencia judicial dictada por el TSJ el día 13 de noviembre de 2017 revoca la Sentencia del Juzgado nº 5 y reconoce la existencia de responsabilidad de la Administración bajo la perspectiva de pérdida de oportunidad, reconoce una suma al tanto alzado por el daño sufrido en el bebé en la suma de 150.000

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El cliente contrata en una clínica privada un tratamiento de implantación de balón gástrico. ​

La paciente solicita, en enero de 2019, la cancelación del tratamiento de implantación de balón gástrico,  por  la posible complicación, al padecer hernia de hiato.   Tras nuestra intervención jurídica se le devuelve íntegramente el importe de la intervención, toda vez, que se oponían al reintegro.  

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Tras un accidente laboral pasa inadvertida una lesión que es indemnizada en 72.000 euros.​

Se interpone Recuro contra la Mutua Universal de Córdoba que recae en el Juzgado contencioso nº 14 de Sevilla. Se llega a un acuerdo extrajudicial con la Mutua y la aseguradora de 72.000 euros el día 12 de marzo de 2020.  Tras el accidente laboral por una caída desde altura se diagnostica de luxación y

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Indemnización a la viuda de 15.000 euros por la levísima pérdida de oportunidad de lograr mayor supervivencia del esposo.

La Sentencia judicial dictada por el Juzgado nº 12 de Sevilla, el día 29 de enero de 2021 entiende que no se trata de indemnizar al paciente sino a su viuda. Estima que la pérdida de oportunidad es levísima de lograr mayor supervivencia. Se pudo evitar el sufrimiento del paciente durante el mes de agosto.

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Indemnización de 500.000 euros al menor y 50.000 euros para cada progenitor y los intereses legales

Se interpuso reclamación previa y posteriormente Recurso contencioso que recayó en el  Juzgado nº 2 de Sevilla quien dicta Sentencia de fecha 16 de noviembre de 2021 que reconoce en su fundamentación la pérdida de oportunidad  para el menor quien no fue diagnosticado precozmente. La Sentencia no fue recurrida.

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