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Condena al SAS por no detectar una endoftalmitis tras cirugía de cataratas.​

Tras una intervención de cataratas, el paciente sufre infección que no es detectado por el servicio sanitario dependiente del SAS. El TSJ revoca la Sentencia desestimatoria de la pretensión del paciente, dictada por el Juzgado nº 3 de Sevilla de fecha 8 de mayo de 2.003, por otra que reconoce la mala praxis y una

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Condena a la Clínica Privada y las aseguradoras por la deficiente atención en el parto. ​

La Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de fecha 7 de noviembre de 2003 reconoce una indemnización a la paciente por la deficiente atención sanitaria. Son los progenitores quienes deciden trasladar al Hospital Infantil a la recién nacida ante la falta de asistencia médica en la Clínica.   Se interpuso por las condenadas Recurso

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Condena al SAS por el uso de fármacos en una paciente con hipertensión pulmonar primaria.​

La Sentencia del Juzgado de fecha 6 de febrero de 2006 reconoce  que la indemnización por los hechos ocurridos en el año 2002 deben ser aumentados con el IPC hasta la fecha de la Sentencia y desde entonces con los intereses hasta su efectivo pago. 

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Reparación defectuosa en odontología. Paciente con bruxismo que se le realiza un defectuoso tratamiento en clínica privada. ​

Tras interponer demanda contra  la doctora especialista en odontología y la aseguradora, se tramita en el Juzgado del Puerto de Santa María. Se llega a un acuerdo que es aprobado judicialmente por Auto de fecha 3 de julio de 2.007, en la suma de 11.400 euros de indemnización.

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Caída en el centro de salud, responde el SAS por responsabilidad patrimonial en la suma de 8.655 euros.​

En la vía administrativa se reconoce por resolución de fecha 5 de julio de 2.006 la existencia de responsabilidad patrimonial por caída sufrida en el centro de salud a la salida del ascensor por fractura de húmero.

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Responsabilidad del SAS por retraso en el diagnóstico del cáncer de mama. ​

La Sentencia del Juzgado nº 3 condena al SAS en mayo de 2.007 por el error en el diagnóstico del cáncer de mama que supuso un avance en el estadio y una actuación médica más agresiva en la paciente.   La misma al estar disconforme con la decisión médica del hospital de Valme acudió a un

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Condena al SAS y las aseguradoras por la deficiente atención en una cesárea programada. ​

La reclamación patrimonial previa se interpone el 20 de abril de 2.007 y se dicta Sentencia del Juzgado de lo contencioso administrativo en sentencia de fecha 17/11/2011  que reconoce haber dañado el colon en la intervención de la cesárea. 

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Embarazo con diabetes gestacional, hipertensión arterial gestacional y sospecha de CIR (Crecimiento Intrauterino Retardado).​

Sentencia de 1 de abril de 2.009 indemniza por la suma de 96.101 euros y los intereses legales. El juzgador valora conjuntamente la prueba practicada y concluye que, existe un defectuoso funcionamiento del servicio asistencial que impidió agotar todas las posibilidades asistenciales que durante la gestación se requerían, por parte del SAS.  

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Indemnización por daño moral del ser querido, al retrasar el diagnóstico de un tumor maligno se aplica la doctrina de pérdida de oportunidad.​

La Sentencia judicial dictada por el Juzgado nº 1 el día 22 de marzo de 2010 reconoce que hubo una infracción de la lex artis, un diagnóstico tardío de tumor maligno agresivo, debido a la ausencia de pruebas diagnósticas por el Hospital San Sebastián de Écija. Concreta una suma de indemnización de 92.100 euros lo

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