Indemnización por daño moral del ser querido, al retrasar el diagnóstico de un tumor maligno se aplica la doctrina de pérdida de oportunidad.​

La Sentencia judicial dictada por el Juzgado nº 1 el día 22 de marzo de 2010 reconoce que hubo una infracción de la lex artis, un diagnóstico tardío de tumor maligno agresivo, debido a la ausencia de pruebas diagnósticas por el Hospital San Sebastián de Écija. Concreta una suma de indemnización de 92.100 euros lo es por el daño moral de pérdida de un ser querido, pues el tumor era muy agresivo, al aplicar la pérdida de oportunidad. Y refiere que no cabe aplicar sin más el baremo sino solamente como orientación teniendo en cuenta el daño  moral por pérdida de un ser querido.  

Sentencia ratificada por el TSJ el 11 de febrero de 2014. 

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