Indemnización de 700.000 euros. Se reconoce un importe de 600.000 euros al recién nacido y 50.000 por daño moral a cada progenitor. ​

La Sentencia judicial dictada por el juzgado nº 9 de Sevilla en fecha 27 de enero de 2015 fundamenta que a la luz de los informes parciales aportados se llega a la conclusión de que la administración no observa la lex artis. al no controlar el bienestar fetal durante el parto.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio